El jefe de la bancada de diputados y diputadas PS, Raúl Leiva cuestionó duramente la decisión del Gobierno del presidente José Antonio Kast de conceder 56 rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores de edad: 29 por violación y 27 por abuso sexual.
Según informó el medio Interferencia y confirmó el propio ministro de Justicia, los decretos se dictaron entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de 2026. De acuerdo con el parlamentario, las rebajas fueron concedidas administrativamente sin una orden judicial individual que obligara al Ministerio a otorgarlas.
“El Gobierno tomó una decisión que favoreció a condenados por delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes, pese a que existe una ley que excluye expresamente a los autores de estos delitos de las rebajas de condena. Nadie obligó al Ejecutivo a extender este beneficio de manera administrativa a quienes no habían recurrido a los tribunales”, sostuvo Leiva.
Cuestionamiento al cambio de criterio
El parlamentario señaló que la Ley N.º 21.421, vigente desde febrero de 2022, modificó la Ley N.º 19.856 para excluir de este beneficio a quienes hayan sido condenados por delitos sexuales contra menores de edad.
En ese contexto, cuestionó los argumentos del Gobierno, que ha defendido su actuación aludiendo a resoluciones judiciales de la Corte Suprema y al cumplimiento de sus fallos.
“Una sentencia judicial obliga en la causa en que se dicta. No significa que el Ministerio deba extender automáticamente el mismo resultado a todos los condenados que soliciten el beneficio. El Gobierno pudo evaluar cada caso conforme a la ley y esperar que los tribunales resolvieran las controversias. Sin embargo, optó por conceder administrativamente las rebajas”, afirmó.
Leiva también apuntó a un cambio de criterio del propio Ministerio de Justicia. Según expuso, entre 2022 y 2025 las solicitudes se rechazaban administrativamente en aplicación de la exclusión legal, mientras que las rebajas se concedían cuando existía una resolución judicial favorable.
El legislador, detalló que el actual Gobierno mantuvo inicialmente esa interpretación al dictar, el 13 de marzo de 2026, el Decreto Exento N.º 740, que rechazó una solicitud de rebaja de condena. Posteriormente, aseguró, el Ejecutivo abandonó ese criterio y comenzó a conceder directamente los beneficios.
“La pregunta es quién decidió cambiar este criterio, en qué momento y sobre la base de qué informe jurídico. La economía procesal no puede justificar que se deje de aplicar una disposición legal vigente”, enfatizó.
Una controversia jurídica que exige explicaciones
Además, sostuvo que la jurisprudencia de la Corte Suprema no ha sido uniforme en esta materia y citó el fallo Rol N.º 7.527-2026, del 24 de febrero de 2026, que rechazó un recurso de amparo y respaldó la decisión del Ministerio de Justicia de denegar una rebaja de condena.
En esa resolución, según los antecedentes citados por Leiva, el máximo tribunal señaló que la rebaja constituye un beneficio sujeto al cumplimiento de los requisitos legales y calificó la exclusión establecida en la Ley N.º 21.421 como una norma de cumplimiento obligatorio para el Ministerio.
Asimismo, el diputado aludió al fallo Rol N.º 17.656-2026, del 8 de abril de 2026, que dejó sin efecto el Decreto Exento N.º 740. Destacó que la decisión contó con un voto disidente que defendió la legalidad del rechazo administrativo y el carácter facultativo del beneficio.
A juicio del parlamentario, estos antecedentes demuestran que existían argumentos jurídicos para mantener el criterio de rechazo y que, por tanto, el Ejecutivo debe explicar por qué optó por conceder las rebajas de manera administrativa.
“No se puede hablar de protección a la infancia y actuar en sentido contrario”
También cuestionó la decisión a la luz del discurso del Gobierno en materia de seguridad y protección de la niñez. Aludiendo a que el 31 de agosto el presidente Kast presentó el plan “Chile Cuida a los Niños”, orientado a proteger a la infancia frente a la violencia y la explotación sexual.
“Resulta contradictorio que un Gobierno que pone la seguridad y la protección de la infancia entre sus prioridades termine concediendo rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores. Las víctimas y sus familias merecen explicaciones claras y una actuación coherente con ese compromiso”, señaló.
Ante estos antecedentes, el diputado solicitó:
- Suspender la concesión administrativa de nuevas rebajas de condena a personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores cuando no exista una orden judicial que disponga el beneficio.
- Informar los fundamentos jurídicos del cambio de criterio, indicando cuándo se adoptó y qué informes respaldaron la decisión.
- Publicar los antecedentes de los 56 decretos, incluyendo si existió un recurso de amparo previo y los fundamentos de cada rebaja, con resguardo de los datos personales y sensibles.
- Solicitar a la Contraloría General de la República que examine la legalidad del criterio aplicado y determine si existen eventuales responsabilidades administrativas.
“Una interpretación administrativa no puede convertirse en un mecanismo para extender beneficios que la ley excluye expresamente. El Gobierno debe transparentar sus decisiones y explicar por qué optó por una interpretación favorable a los condenados en lugar de mantener el criterio que había aplicado inicialmente”, concluyó.