El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota condenó hoy –miércoles 22 de abril– a Sergio Danyer Galvis Moreno y Jonathan Enrique Badillo Carvajal, integrantes de la célula “Hijos de Dios” del Tren de Aragua, a sufrir la pena de presidio perpetuo; y a Leonardo David Guevara Díaz y Sergio Antonio Balladares Barrera a 18 y 16 años de presidio, respectivamente, todos como autores del delito consumado de robo con homicidio. Ilícito perpetrado el 19 de enero de 2024, en la villa Los Aromos.

En fallo unánime, el tribunal además condenó a Sergio Galvis Moreno como autor de los delitos de homicidio calificado consumado y homicidio frustrado a las penas respectivas de 20 y 7 años de presidio efectivo, perpetrados el 8 de enero de 2023 en el centro de la ciudad.

Adicionalmente, el tribunal también condenó a Galvis Moreno como autor de tenencia ilegal de arma de fuego a sufrir la pena de 5 años de presidio efectivo y a 541 días de reclusión como autor del delito de tenencia ilegal de municiones. Por último, fue condenado junto a Badillo Carvajal a sendas penas de 4 años de presidio como autores del delito de porte ilegal de armas de fuego.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Por último, ordenó el comiso de las especies incautadas.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, los siguientes hechos:

Hecho 1

“El día 08 de enero del año 2023, a las 01.50 horas aproximadamente, en circunstancias que Anthony Juan Carlos Villán y Jorge Luis Corzo Parra, se encontraban en el local nocturno de nombre “Santas Night-club”, ubicado en calle Maipú (…), comuna de Quillota, hasta el lugar llegó Sergio Danyer Galvis Moreno acompañado de otros dos sujetos, con quienes ingresó al interior de dicho local portando un arma a fogueo adaptada con cartuchos adaptados y de manera premeditada, aprovechándose de la indefensión de la víctima Anthony Villán y actuando sobre seguro a su respecto Galvis Moreno le disparó a menos de un metro de distancia directamente a la zona frontal de su cabeza, para acto seguido dispararle en el rostro a Corzo Parra y huir en dirección desconocida.

A raíz de la acción de Galvis Moreno, Anthony Juan Carlos Villán falleció en el lugar por “laceraciones cerebrales y cerebelosas compatibles con impacto balístico en zona frontal derecha” mientras que Jorge Luis Corzo Parra resultó con herida por proyectil de arma de fuego en su rostro.

Sergio Danyer Galvis Moreno no cuenta con permisos legales que le permita el porte de armas y/o municiones”.

Hecho 2

“El día 27 de junio del año 2023, en horas de la noche, en circunstancias que Juan Miguel Calderón de los Santos y Rafael Leonardo Martes, se trasladaron a bordo de un automóvil, marca Chevrolet (…) hasta la comuna de Quillota, y una vez que se encontraban a la altura del sector denominado Mirador de La Cruz, ubicado en el kilómetro 5 de la ruta F-366, comuna de la Cruz, varios sujetos, de manera concertada, y aprovechándose de la indefensión de las víctimas les dispararon en reiteradas oportunidades en diferentes partes del cuerpo, abandonándolos al fondo de una quebrada.

A raíz de tales acciones Rafael Leonardo Martes, resultó con “lesiones viscerales cervicales, estrangulamiento y ojiva de cartucho de arma de fuego” que le provocaron su muerte, mientras que Juan Miguel Calderón de los Santos falleció por “shock hipovolémico, heridas múltiples por proyectiles balísticos”.

Hecho 3

“El día 19 de enero del año 2024, a las 20:30 horas aproximadamente, Rainier Miguel Villarroel Jiménez, luego de ser contactado para una transacción de drogas, concurrió en su motocicleta marca Honda (…) al departamento ubicado en Villa Los Aromos (…), comuna de Quillota, contexto en el cual Villarroel Jiménez evidenció que portaba dinero en efectivo, razón por la cual Sergio Danyer Galvis Moreno, Leonardo David Guevara Díaz, Jonathan Enrique Badillo Carvajal, Sergio Antonio Balladares Barrera y Yibson de Jesús Mendoza Rodríguez decidieron realizar un nuevo contacto, simulando una nueva compra de drogas con la finalidad de robarle el dinero, concurriendo de esa manera Rainier Villarroel nuevamente hasta el inmueble, ingresando en esta segunda oportunidad al interior del departamento, instante en que los acusados, utilizando armas de fuego, lo intimidaron y retuvieron contra su voluntad. En ese escenario, a las 20:59 horas del mismo día y mientras la víctima todavía estaba privada de su libertad, contactaron a un familiar (…) exigiendo como rescate por Villarroel Jiménez el pago de una suma de dinero, manifestándole además que eran de una facción del Tren de Aragua y que debían “alinearse”.

Luego, durante la retención de la víctima en el departamento aludido (…) llegó el familiar de la víctima –en compañía de otro sujeto–, y al darse cuenta los acusados de esta situación, uno de ellos disparó en reiteradas oportunidades logrando herir a este último en sus piernas, ocasionándole distintas lesiones que condujeron a la amputación de su extremidad inferior derecha, lesiones de carácter graves gravísimas, que le hubieren ocasionado la muerte de no recibir una atención médico quirúrgica, oportuna y eficaz.

Además, y mientras Villarroel Jiménez estaba retenido por los acusados, uno de ellos le disparó en reiteradas oportunidades en diferentes partes del cuerpo, falleciendo en el lugar por “Herida balística transfixiante cardiaca”.

Por otra parte, los acusados con ánimo de lucro y en contra la voluntad de su dueño, sustrajeron el teléfono celular de la víctima, una suma de dinero indeterminada y la motocicleta (…), procediendo Sergio Antonio Balladares Barrera y Leonardo David Guevara Díaz, a trasladar dicho vehículo hasta el sector de “El Huape”, en la comuna de Quillota.

Finalmente, ninguno de los acusados cuenta con permisos legales que les permita el porte de armas y/o municiones”.

Hecho 4

“El día 02 de febrero del año 2024, a las 09:00 horas aproximadamente, al interior del domicilio ubicado en calle Santa Marta (…), comuna de Lo Prado, funcionarios de la Brigada de Homicidios de Valparaíso quienes ejecutaban órdenes de entrada, registro y detención, sorprendieron al acusado Sergio Danyer Galvis Moreno manteniendo en su poder un arma de fuego tipo pistola, marca Bersa, modelo Thunder 40, calibre .40 (…), apta para el disparo, con dos cargadores y treinta y dos cartuchos de calibre .40, municiones todas aptas para ser disparadas; sin que Galvis Moreno contara con permiso legal que autorice el porte de armas y/o municiones”.