Un proyecto de ley que sanciona como delito el matrimonio y el Acuerdo de Unión Civil, para burlar las leyes migratorias, presentó el senador DC Iván Flores, considerando la existencia de numerosos casos detectados al respecto. La iniciativa señala que “el que celebrare un matrimonio o acuerdo de unión civil con una persona extranjera en situación migratoria irregular, con el propósito de eludir la presente ley y obtener para esta o para un tercero un permiso de residencia, la nacionalidad chilena o cualquier otro beneficio migratorio, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio y multa de 10 a 20 UTM”
Se agrega que “si hubiere celebrado anteriormente uno o más matrimonios o acuerdos de unión civil con distintas personas extranjeras en los términos del inciso anterior, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado medio a máximo y multa de 21 a 50 UTM”.
Al respecto, el senador Flores señaló que “ el creciente número de personas, un extranjero o extranjera con chilena o chileno, que deciden vulnerar la ley de migraciones a través de falsear un acuerdo de unión civil o un matrimonio, no puede quedar en la impunidad. Son muchos casos. Se están duplicando las cifras de personas que concurren a un acto de esta naturaleza solamente con el fin de defraudar. Hoy día hay un vacío legal y que estamos corrigiendo mediante un proyecto de ley que presentamos para poder sancionar como delito este comportamiento fraudulento, el que vulnera la ley de migraciones y además también vulnera la administración pública de nuestro país”.
La moción ingresada agrega, además, que “el que organice, promueva, facilite o intermedie en la celebración de matrimonios o acuerdos de unión civil en las condiciones señaladas en el inciso primero, con ánimo de lucro, será sancionado con presidio mayor en su grado mínimo y multa de 51 a 100 unidades tributarias mensuales”.
“La residencia, nacionalidad, o cualquier otro beneficio migratorio obtenido por este medio será revocado y la persona quedará impedida de obtenerlo nuevamente, aun cuando lo solicite invocando una causal distinta. La misma sanción se aplicará a la persona extranjera que, encontrándose en situación migratoria regular, organice, promueva, facilite o intermedie en la celebración de matrimonios o acuerdo de unión civil con ánimo de lucro.”