El Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente las tres reclamaciones presentadas en contra de las resoluciones del Servicio de Evaluación Ambiental que llevaron a la aprobación del proyecto “Solución Sanitaria para un sector de Quilicura”, tras determinar que el procedimiento de evaluación no analizó correctamente los eventuales efectos de la iniciativa en el componente hídrico de la zona. 

“Se resuelve anular parcialmente, en consecuencia, la RCA del proyecto, debiendo retrotraerse la evaluación ambiental del mismo (…), debiendo analizarse exhaustivamente la supuesta desconexión hidrogeológica entre la napa subterránea y el humedal de Quilicura, como también la interacción entre la descarga de la PTAS [Planta de Tratamiento de Aguas Servidas], el estero Las Cruces y los humedales cercanos al proyecto, y los impactos del proyecto en el recurso hídrico, conforme a los fundamentos desarrollados en la sentencia, debiendo la autoridad requerir los pronunciamientos a los OAECA [Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental] que correspondan, para luego dictar un nuevo ICE [Informe Consolidado de Evaluación] y proceder a una calificación que complemente la RCA en los aspectos referidos”, instruye la sentencia.

 El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), el ministro subrogante Carlos Valdovinos Jeldes, del Tercer Tribunal Ambiental y el exministro Cristián Delpiano Lira, quien redactó la sentencia. 

La magistratura especializada, además, resolvió suspender los efectos de aquella parte no anulada de la RCA por todo el tiempo que dure la evaluación ambiental de la parte viciada, hasta la dictación de la RCA complementaria. “De esta forma, el proyecto no puede ser ejecutado hasta no contar con esta última resolución”, puntualiza. 

La primera reclamación (R-471-2024) fue presentadas por un grupo de 13 vecinos de Quilicura, la Junta de Vecinos Santa Teresita de Quilicura y el Comité de Vivienda Santa Teresita, y la segunda (R-472-2024), por otro vecino de la comuna, Vrankovic Chávez Andrés. Ambas apuntan a la resolución de la Dirección Ejecutiva del SEA que rechazó las 5 reclamaciones administrativas e impuso 2 condiciones al proyecto, asociadas a la actualización del modelo hidrogeológico y la toma de muestras de calidad de agua. El tercer reclamo (R-495-2025) fue presentado por la I. Municipalidad de Quilicura y 2 vecinos de la comuna, en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana que rechazó sus solicitudes de invalidación de la RCA que aprobó el proyecto.  

Recurso hídrico

Tras analizar la causa, el Tribunal Ambiental concluyó que las observaciones relacionadas con los impactos asociados al recurso hídrico, humedales cercanos al proyecto y biodiversidad asociada, junto a los efectos de la descarga de la PTAS en el estero Las Cruces no fueron debidamente consideradas, pues “las respuestas brindadas y el análisis efectuado en las resoluciones reclamadas pone en evidencia que la evaluación ambiental del proyecto no cumple con descartar adecuadamente los impactos ambientales generados por el mismo”, indica. 

“En efecto, como resultado de la evaluación del modelo conceptual, el modelo numérico, el ajuste y la capacidad predictiva del modelo hidrogeológico del sector Humedal de Quilicura, así como, de la evaluación hidráulica y de calidad de aguas del estero las Cruces, el Tribunal arribó a la convicción de que existen deficiencias metodológicas e interpretación de los resultados, en lo referido a la desconexión hidrogeológica entre la napa subterránea y el humedal de Quilicura y afectación del estero Las Cruces, por posibles impactos en la descarga de la PTAS”, explica el fallo. 

Según detalla esta magistratura, la falta de información suficiente para descartar la inexistencia de impactos significativos sobre el recurso hídrico y el análisis deficiente efectuado el respecto, constituye un vicio que, por su entidad, si bien no permite anular íntegramente los actos reclamados, exige retrotraer el procedimiento de evaluación ambiental para efectos de complementar dicha evaluación, y así realizar un estudio exhaustivo y acabado análisis de los efectos que el proyecto podría causar en el recurso hídrico, el humedal de Quilicura y el estero Las Cruces. 

Antecedentes

  • 15 de Julio de 2021, la Empresa de Servicios Sanitario San Isidro S.A. ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Solución Sanitaria para un Sector de Quilicura”.
  • El Proyecto consiste en la construcción y operación de dos Plantas de Tratamiento de Agua Potable (PTAP) y una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), las que atenderán a una población de 36.700 habitantes proyectado para el año 2041.
  • El procedimiento de evaluación contó con dos procesos de participación ciudadana (PAC), el primero realizado a solicitud de 19 personas naturales; el segundo, por modificaciones sustantivas hechas al proyecto en la Adenda de 18 de marzo de 2022. Estas involucraron el trazado de los ductos de agua potable y aguas servidas, lo cual cambió las áreas de influencia definidas en la DIA en relación con los componentes hidrología, ruido, vibraciones, ecosistemas terrestres, suelo, fauna, patrimonio cultural y medio humano.
  • 7 de diciembre de 2022, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana calificó favorablemente el proyecto (RCA N°202213001662).
  • En contra de la RCA se presentaron 5 recursos de reclamación por 17 vecinos, la Junta de Vecinos Santa Teresita de Quilicura y el Comité de Vivienda Santa Teresita, que solicitaban dejar sin efecto la aprobación, calificando el proyecto desfavorablemente. Además, se presentaron dos solicitudes de invalidación ante la Comisión de Evaluación RM, la primera por la I. Municipalidad de Quilicura y la Junta de Vecinos Los Encomenderos, la Junta de Vecinos Lo Marcoleta III Unida; la Junta de Vecinos Los Nuevos Jardines del Norte II 2.0; y 5 vecinos de la comuna; y la segunda, por un grupo de 20 vecinos.
  • 10 de mayo de 2024, la Dirección Ejecutiva del SEA rechazó las 5 reclamaciones administrativas e impuso 2 condiciones al proyecto, asociadas a la actualización del modelo hidrogeológico y la toma de muestras de calidad de agua (Res. Ex. N° 202499101392)
  • 28 de junio de 2024, en contra de la resolución recién citada se presentaron en el Segundo Tribunal Ambiental dos reclamaciones; la primera por un grupo de 13 vecinos de Quilicura, la Junta de Vecinos Santa Teresita de Quilicura y el Comité de Vivienda Santa Teresita, la que fue admitida a trámite con el rol R-471-2024; y la segunda por Vrankovic Chávez Andrés, admitida con el rol R-472-2024.
  • 29 de noviembre de 2024 la Coeva RM rechazó las dos solicitudes de invalidación de la RCA (Res. Ex. N°202413001483).
  • 15 de enero de 2025, en contra de la resolución que rechazó su invalidación, la I. Municipalidad de Quilicura y 2 vecinos de la comuna, presentaron reclamación en el Segundo Tribunal, la que se admitió con el rol R-495-2025.
  • 26 de junio de 2025, se realizó la audiencia, alegando los abogados Santiago García Cornejo, en representación del reclamante R-471-2024, Alexandra Arancibia Olea y otros; Luciano Rantes González, por el reclamante R-495-2025, I. Municipalidad de Quilicura y otros, y la abogada Rosario Quiroz Barra, del reclamado, Servicio de Evaluación Ambiental. El reclamante R-472-2024 no se presentó. 

Acceder al expediente de la causa R-471-2024, acumula R-472-2024 y R-495-2025