DECLARACIÓN PÚBLICA
ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES JUDICIALES OTJ
Ante las informaciones conocidas públicamente respecto de la designación de la abogada Trinidad Zegers Domínguez para desempeñar funciones de coordinación destinadas a impulsar la Reforma Procesal Civil, la Organización de Trabajadoras y Trabajadores Judiciales OTJ, estima necesario manifestar su preocupación y formular las siguientes consideraciones.
La Reforma Procesal Civil constituye una de las transformaciones más importantes y largamente postergadas de nuestro sistema de justicia. No se trata simplemente de modificar procedimientos o sustituir un cuerpo normativo centenario. Su implementación tendrá consecuencias directas sobre el funcionamiento de los tribunales, la organización del trabajo judicial, las cargas laborales, los sistemas de gestión y, especialmente, sobre el acceso efectivo de las personas a la justicia. Por esa razón, una reforma de esta magnitud exige rigurosidad técnica, experiencia, conocimiento profundo del funcionamiento de los tribunales y una efectiva participación de quienes diariamente sostienen el sistema de justicia.
Las informaciones conocidas señalan que la profesional a quien se han asignado funciones de coordinación vinculadas a esta reforma prestó juramento como abogada en abril del presente año y se incorporó durante ese mismo mes al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Con posterioridad a las primeras publicaciones, el Ministerio ha precisado que su función sería principalmente de coordinación y gestión, y que las definiciones sustantivas de la reforma permanecerían radicadas en las autoridades y equipos técnicos de la cartera.
Valoramos que se haya efectuado esta aclaración. Sin embargo, ella no elimina una cuestión de fondo: una reforma estructural del sistema de justicia civil requiere que todas las responsabilidades relevantes, tales como, técnicas, políticas, administrativas y de coordinación, sean asignadas con criterios transparentes y atendiendo a la experiencia y competencias necesarias para la función encomendada.
Nuestra preocupación no constituye un cuestionamiento personal hacia la profesional designada. El problema es institucional. La responsabilidad de determinar quiénes conducen, coordinan e implementan una transformación de esta importancia corresponde al Ministerio de Justicia, y es esa decisión la que debe poder ser explicada y justificada ante la ciudadanía y ante quienes formamos parte del sistema de justicia.
Existe, además, una cuestión que para nuestra Organización resulta fundamental. Las trabajadoras y trabajadores del Poder Judicial no podemos ser considerados simples destinatarios de una reforma diseñada desde fuera de los tribunales. Somos quienes conocemos directamente el funcionamiento cotidiano de la justicia civil: sus dificultades, cargas de trabajo, problemas de gestión, fortalezas y limitaciones. Cualquier reforma que aspire seriamente a mejorar la justicia debe incorporar esa experiencia desde su diseño y no únicamente cuando llegue el momento de implementarla.
Chile ya ha conocido importantes reformas procesales cuya puesta en marcha ha demostrado que una buena legislación resulta insuficiente si no existe una adecuada planificación de dotaciones, infraestructura, capacitación, gestión y condiciones laborales. La Reforma Procesal Civil debe aprender de esas experiencias. Por ello, como Organización de Trabajadoras y Trabajadores Judiciales, solicitamos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos:
1.- Transparentar las funciones, responsabilidades y atribuciones de quienes tendrán a su cargo la coordinación, conducción técnica e implementación de la Reforma Procesal Civil.
2.- Garantizar que las responsabilidades técnicas y estratégicas sean ejercidas por equipos con experiencia y conocimientos suficientes en materia procesal civil, gestión judicial e implementación de reformas al sistema de justicia.
3.- Establecer mecanismos formales de participación de las trabajadoras y trabajadores del Poder Judicial durante la discusión, diseño e implementación de la reforma.
4.- Incorporar tempranamente al debate las consecuencias organizacionales y laborales que producirá el nuevo modelo procesal, incluyendo dotaciones, cargas de trabajo, capacitación, infraestructura y sistemas tecnológicos.
5.- Dar a conocer una planificación seria de implementación, que permita evitar que las deficiencias de diseño o la insuficiencia de recursos terminen siendo soportadas por los funcionarios judiciales y, finalmente, por las personas que recurren a los tribunales.
La Reforma Procesal Civil es necesaria y su reactivación constituye una oportunidad que no debe desaprovecharse. Precisamente por su importancia, requiere experiencia, diálogo, transparencia y participación.
Modernizar la justicia civil no consiste solamente en aprobar un nuevo Código Procesal. Significa construir un sistema capaz de funcionar en la realidad. Y para hacerlo correctamente, la experiencia de quienes trabajan todos los días en los tribunales debe ser escuchada.
ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES JUDICIALES (OTJ)
Santiago, 15 de agosto de 2026