Las diputadas Marcela Hernando y Joanna Pérez, y los diputados Alejandro Bernales, Carlos Bianchi y Luis Sánchez integrarán la Comisión encargada de informar la procedencia de la Acusación Constitucional presentada en contra del exministro de Hacienda, Nicolás Grau.
En la presente sesión se dio cuenta de la presentación de la acusación en contra el exsecretario de Estado por haber infringido la Constitución Política y las leyes, en específico, por el manejo fiscal de las finanzas públicas durante el ejercicio de su cargo.
Luego, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 38 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, se seleccionaron por sorteo (tómbola) a los integrantes de la comisión especial.
La acusación presentada por las y los diputados Álvaro Jofré, Ignacio Urcullú, Javier Olivares, Patricio Briones; Daniel Valenzuela; Cristóbal Urruticoechea, Francisco Orrego, Roberto Arroyo y Benjamín Moreno; y por las diputadas Valentina Becerra, Gloria Naveillan y Paulina Muñoz contempla cuatro capítulos.
En general, se plantea que Nicolás Grau infringió las normas que regulan la administración financiera del Estado, la programación financiera, el control financiero y los deberes de dirección superior que el ordenamiento jurídico radica en quien ejerce la conducción superior de las finanzas públicas de la República. Y, en materia de responsabilidad consttiucional, se indica que el exministro conocía o, al menos, debía conocer -en razón de su cargo- las advertencias técnicas formales y reiteradas del Consejo Fiscal Autónomo, del Fondo Monetario Internacional y de la Dirección de Presupuestos. Pese a ello, habría mantenido las proyecciones cuestionadas.
De este modo, el primer capítulo lo acusa de infringir el artículo 8° de la Constitución Política, por la entrega de información fiscal inconsistente en vulneración de los deberes de probidad, transparencia e integridad en la gestión financiera del Estado.
El segundo, por la infracción del artículo 3º del Decreto Ley 1.263, Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, por vulneración de los principios de unidad y coordinación que rigen la dicha administracipon financiera.
El tercer capítulo, a su vez, acusa a Nicolás Grau de infringir el artículo 4° del citado decreto ley, por omisión de obligaciones y compromisos financieros relevantes en contravención al principio de universalidad presupuestaria.
El cuarto capítulo, en tanto, se refiere a la infracción al artículo 5° del mismo decreto, por vulnerar el deber de consistencia y coherencia de la programación financiera del Estado.
Plazos
A partir de esta jornada, rige el plazo de tres días para que la Cámara notifique, personalmente o por cédula, al exministro de Hacienda.
Una vez notificado, Grau tendrá diez días de plazo para concurrir ante la comisión encargada de la acusación, en forma personal o por escrito para presentar la contestación a la acusación.
Posteriormente, la comisión especial tendrá seis días para revisar el libelo y pronunciarse sobre este, entregando su recomendación a la Sala.