Con el voto unánime de los senadores presentes, la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado aprobó la idea de legislar sobre una modificación reglamentaria para establecer controles aleatorios de drogas a senadores y senadores.

La iniciativa -impulsada por la Mesa del Senado integrada por la presidenta, Paulina Núñez y el Vicepresidente, Iván Moreira- plantea modificar el reglamento con el objeto de establecer controles destinados a detectar el consumo de estupefacientes o sustancias sicotrópicas.

En lo fundamental, el proyecto establece que las y los senadores deberán someterse a controles destinados a detectar el consumo de estupefacientes o sustancias sicotrópicas ilegales, salvo que su uso se encuentre amparado en una indicación médica debidamente acreditada.

Dichos controles tendrán carácter aleatorio y periódico, y deberán realizarse de manera tal que, durante cada período legislativo, todos los senadores y senadoras queden sujetos a ellos a lo menos una vez, sin perjuicio de que puedan ser sorteados hasta por un máximo de dos oportunidades durante el mismo período.

Las y los senadores que estarán sujetos a control se determinarán mediante sorteo, mientras que la toma de muestra deberá efectuarse dentro del plazo de siete días hábiles contado desde la notificación personal o por cédula.

El procedimiento será ejecutado por una entidad o laboratorio especializado, legalmente habilitado y la Mesa adoptará las medidas necesarias para asegurar la cadena de custodia, la confiabilidad del examen y la reserva de la información.

El  senador o senadora sorteado podrá, antes de la toma de muestra o dentro del plazo que se le confiera al efecto una vez conocido el resultado, acompañar antecedentes médicos suficientes que justifiquen la presencia de la sustancia detectada. Tales antecedentes tendrán carácter reservado y deberán ser tratados conforme a la normativa vigente sobre protección de datos personales y sobre derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.

Los resultados del control tendrán carácter estrictamente reservado. Sólo podrán ser conocidos por el senador respectivo, por la Mesa del Senado y por la Comisión de Ética y Transparencia, únicamente para los fines previstos en el reglamento y la difusión o comunicación de estos resultados constituirá infracción grave a la reserva debida y será sancionada.
 

MULTAS

La propuesta establece que, en caso de resultado positivo, el senador o senadora afectado tendrá derecho a solicitar, dentro del plazo de tres días hábiles contado desde su notificación, la realización de un examen de contramuestra o la revisión técnica del procedimiento, según corresponda, antes de que la Comisión adopte una decisión definitiva.

El incumplimiento injustificado de esta obligación, así como la negativa injustificada a someterse al control o la no concurrencia dentro del plazo fijado, será sancionado por la Comisión de Ética y Transparencia con multa de hasta un 5% de la dieta mensual.

Si el resultado del control es positivo y no existe justificación médica suficiente, la Comisión podrá imponer la misma sanción. Para determinar su procedencia y entidad, deberá ponderar las circunstancias del caso, la colaboración del senador, la existencia de reiteración y los antecedentes acompañados por el afectado.

En caso de reiteración durante el mismo período legislativo, la Comisión podrá, además, disponer la realización de un nuevo control dentro del año siguiente.

La Comisión de Constitución acordó oficiar al Ministerio del Interior para saber si existe algún reglamento o procedimiento que se utilice en la administración central respecto de los exámenes de drogas y también se señaló que esta iniciativa deberá ser vista por la Comisión de Régimen Interior por los costos asociados.