El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago que investiga adopciones irregulares, Alejandro Aguilar Brevis, sometió a proceso a la exjueza de menores Ivonne de las Mercedes Gutiérrez Pavéz como autora de sustracción de infante, ilícito cometido en noviembre de 1982.
El magistrado encausó a Gutiérrez Pavéz y decretó la prisión preventiva de la procesada, requiriendo a la Corte Suprema ampliar su solicitud de extradición al Estado de Israel por existir antecedentes que reside en ese país.
“Que, del mérito y análisis del considerando precedente, en especial, la multiplicidad, conexión y concordancia de los antecedentes allegados, al sumario criminal Caso 449 del cuaderno I, la coherencia y persistencia en el tiempo de relato de la ofendida M.A.O.V., aunado a los circunstanciado de su declaración, en conjunción con lo manifestado por los testigos de contexto y referencia antes señalados en la motivación primigenia, se ha logrado tener por justificado: Que, el mes de septiembre de 1982, doña M.A.O.V. de 18 años de edad -menor de edad a la época de los hechos-, acudió sola, siendo internada en el Hospital de San Fernando diagnosticada por mal nutrición y estando en esa condición de fragilidad y vulnerabilidad llegó una mujer -jueza del Juzgado de Menores de San Fernando- de nombre Ivonne Gutiérrez Pavéz a visitarla quien conocía su nombre y le señaló que estaba creando un jardín infantil para que pudiese cuidar su futuro bebé.
Luego en el mes de noviembre del citado año trasladaron a doña M.A.O.V. en ambulancia acostada en una camilla y en esas condiciones apareció la jueza Gutiérrez manifestándoles que debía firmar unos documentos para que su guagüita ingresara a la Sala Cuna y estando con suero y dolores y sin leer nada, la ofendida firmó los documentos.
Posteriormente cuando le dieron el alta en el Hospital en Rancagua en noviembre de 1982 inscribió a la niña en el Servicio de Registro Civil e Identificación con el nombre de I.T.O.O. y el 17 de noviembre de 1982, al salir del citado nosocomio, de nuevo se hace presente la jueza Gutiérrez y le señaló que fueran a comer algo y se subieron en un auto gris en el cual iban dos personas más y acudieron a un restorán y en ese lugar la jueza le dice “chiquita porque no vas a comprar un chal a la guagüita” y le pasó $ 2.000 aproximadamente, ante lo cual la señora O. fue a comprar y no pasaron más de 10 minutos en regresar, percatándose que las personas ya no estaban en el restorán y se le acercó un mozo quien le pasó un sobre con dos billetes en su interior y le dijo que la señora Ivonne había dicho que se fuera a San Fernando, por lo cual fue a denunciar los hechos a la Policía de Investigaciones de Chile, ubicada en la ciudad de San Fernando, sin lograr la recuperación de su hija hasta el día de hoy.
En efecto a juicio de este juez instructor, en este estadio procesal del sumario y valorando los antecedentes allegados con el estándar de justificación o razonabilidad, resultan palmariamente ser constitutivo de un delito de sustracción de menor; ilícito tipificado y sancionado en el artículo 142 del Código Penal, conforme al artículo 274 N° 1 del Código de Procedimiento Punitivo”, dice el procesamiento.