El proyecto, aprobado por mayoría, incluye el fortalecimiento de las facultades del Subsecretario del Interior y de las atribuciones de la Policía de Investigaciones (PDI), entre otros. La Sala acordó fijar como plazo de indicaciones hasta el 29 de abril.

Con 35 votos a favor y 1 en contra, el Senado aprobó en general el proyecto que modifica la ley 21.325 para perfeccionar el procedimiento de expulsión administrativa y acordó fijar plazo de indicaciones hasta el miércoles 29 de abril.

El mensaje, que cumple su segundo trámite constitucional, fue informado por la presidenta de la Comisión de Gobierno, senadora Danisa Astudillo, quien recordó que los objetivos del proyecto son “fortalecer las competencias de la Subsecretaría del Interior en la mantención del orden público y de la seguridad tanto interior como exterior; facilitar la ejecución de las expulsiones administrativas y el registro de datos biométricos de extranjeros en situación migratoria irregular”.

DETALLES DEL PROYECTO 

La senadora precisó que, entre las modificaciones que se plantean, se encuentran:

Ampliar la facultad del Subsecretario del Interior para expulsar directamente por motivos de orden público, “ya que hoy en día esa facultad sólo está establecida para motivos de seguridad interior y exterior”.

Establecer que la Policía de Investigaciones (PDI) -previa autorización del Subsecretario del Interior- pueda ingresar al domicilio de una persona con orden de expulsión, tanto en casos resueltos por el Subsecretario del Interior como por el director del Servicio Nacional de Migraciones en situaciones que involucren delitos graves, con el fin de aprehenderla. Se contempla que, una vez efectuada la diligencia, la Corte de Apelaciones respectiva ejerza el control de legalidad a su respecto.

Autorizar a la PDI para obtener los datos biométricos de las personas extranjeras mayores de 18 años que se encuentren en condición migratoria irregular.

Facultar al Subsecretario del Interior, para que, previa autorización del tribunal pueda dictar la medida de expulsión inmediata de aquellos extranjeros respecto de los cuales se haya formalizado la investigación o se les tenga como acusado o requerido por simple delito. Se prevé que, para que proceda tal circunstancia, la pena que pueda imponerse al imputado no exceda de tres años de privación de libertad y que este no haya sido condenado anteriormente por crimen o simple delito. Una vez verificado lo anterior, el tribunal dictará sobreseimiento definitivo.

En cuanto al plazo mínimo de prohibición de ingreso al país, se propone aumentar de tres a cinco años para aquellas expulsiones efectuadas por el director nacional del Servicio Nacional de Migraciones. En lo que atañe a aquellas dictadas por el Subsecretario del Interior, se considera que el plazo de prohibición fluctúe entre cinco y diez años.

DEBATE

Durante el debate intervinieron las y los senadores Paulina VodanovicEnrique Van Rysselberghe, Pedro ArayaAndrés LongtonRenzo TrisottiCristian Vial, Beatriz SánchezClaudia Pascual y Enrique Lee.

Se destacó que se genera un “efecto disuasivo” para el tránsito de pasos no habilitados. “Este proyecto surge por la necesidad de concretar 44 mil procesos de expulsión que hoy están pendientes”.

Además, se valoró que, “por primera vez, se introduce una facultad para el ingreso al domicilio, con control judicial, asegurando respeto a las garantías constitucionales”. 

Al respecto, se propuso estudiar la posibilidad de ampliar el ingreso a lugares cerrados. 

Cabe consignar que la senadora Sánchez argumentó su voto en contra porque, a su juicio, “el proyecto polarizará más al país (…) y crea un Estado de persecución”.