La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó este lunes la medida cautelar de prisión preventiva dictada contra S.A.E.R. y P.M.E.O., imputados como autores de los delitos consumados de robo con intimidación y asociación criminal. Ilícitos perpetrados el viernes 16 de agosto, en diversos sectores de la comuna.
En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Jorge Fernández Stevenson, Bárbara Quintana Letelier y el fiscal judicial Joaquín Nilo Valdebenito- rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la resolución del Juzgado de Garantía de Rancagua, al estimar que la libertad de ambos imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Que, atendido el estado primigenio de la investigación, el número y naturaleza de los delitos que se investigan y atribuyen a los encartados ya individualizados, esto es, robo con intimidación previsto y sancionado en el artículo 436 en relación con los artículos 432 y 439, y asociación criminal, delito previsto y sancionado en el artículo 293, todos del Código Penal, forma de intervención, según lo expuesto en estrados por el Ministerio Público, unido a la penalidad asociada, permiten sustentar una intervención directa de los imputados en los sucesos delictivos, apareciendo justificada, por ahora, la necesidad de cautela, por peligro para la seguridad de la sociedad, lo que resulta concordante con los hechos que se les atribuye en la presente causa, tal como lo resolvió el tribunal a quo”, resolvió el tribunal.
Según el ente persecutor, ambos imputados, previa concertación, prestaron labores de apoyo a través de la facilitación de un galpón en el que los delincuentes que robaron la sucursal de la empresa Brinks guardaron el furgón que trasladaba el dinero, lo traspasaron a otro vehículo que salió de ese lugar. Posteriormente, uno de ellos subió a un automóvil a dos de los asaltantes y lo dejó en un sector de la comuna. Finalmente, ambos abandonaron el furgón utilizado en el robo tras sacarle la patente.