Juan Pablo Venegas Gormaz
Gerente de Incidencia Pública
World Vision Chile
La Cámara de Diputados y Diputadas aprobó por unanimidad el proyecto de ley que modifica diversas disposiciones con el objetivo de endurecer la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, entre otras normativas. Sin embargo, el proyecto genera preocupación debido a posibles elementos inconstitucionales que podrían contravenir el derecho internacional incorporado en nuestra legislación. Además, se considera que algunas de estas disposiciones podrían ser regresivas en términos de la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, tal como establece la normativa nacional.
Lamentamos que nuevamente se insista en condicionar el acceso a educación de NNAJ migrantes, toda vez que ese derecho no solo está resguardado por la Convención sobre los Derechos del Niño, sino que también por la Ley 21.430 sobre Garantías y Protección Integral a la Niñez y Adolescencia. Además, la evidencia en Chile (CEP, Eyzaguirre 2024) precisa que no existen ventajas evidentes que den prioridad a NNAJ migrantes respecto de los nacionales. Aquí resulta fundamental no hacer “competir” a los niños y niñas por una vacante escolar, sino que el Estado debe garantizar matrícula para todo niño o niña que lo requiera, pues es su derecho. Las mejoras no deben negar acceso, sino que anticiparse o ampliar la cobertura.
Respecto de la niñez no acompañada que cruza la frontera, lo aprobado en el Parlamento resta responsabilidad para hacer precisamente aquello que estos NNAJ sin compañía requieren y que no han accedido en su niñez: protección. La norma propuesta indica que en casos de ingreso de niñez no acompañada se debe ordenar la salida de dichos niños, y solo en su defecto, su permanencia. Nuevamente la mirada es errada, pues la propuesta aprobada ve una amenaza donde es evidente la necesidad de protección. ¿Qué riesgo puede implicar para el país un niño o niña que llega solo buscando refugio o un mejor lugar para vivir?
Este criterio también abarca la expulsión de personas adultas cuando dicha medida afecta directamente a niños y niñas, lo que, desde nuestra perspectiva, constituye una vulneración del interés superior de la niñez. Este principio, que exige una protección reforzada en casos de graves vulneraciones o condiciones de vida precarias en sus países de origen, ha sido respaldado por fallos de la justicia chilena.
Es importante tener en cuenta que, según estimaciones de expertos (¿quiénes?), se espera que al año 2030 la mitad de los niños y niñas nacidos en Chile sean hijos o hijas de migrantes de primera o segunda generación en el país. Además, estudios de alto nivel de rigurosidad han desmitificado la mirada estrictamente “criminalizadora” que prevalece en estos cambios. Por ejemplo, Espacio Público ha publicado dos estudios sobre el aporte de la migración a la economía y a la cohesión social, destacando cómo Chile tiene ahí un potencial de crecimiento e innovación tremendo.
Creemos que el futuro de la niñez migrante también es parte del futuro de Chile, pues presenta desafíos, pero también oportunidades. Es hora de mirar más allá de las percepciones negativas y cumplir con nuestros compromisos normativos y mandatos del Estado y aprovechar el potencial cultural, social y económico que los migrantes pueden aportar a nuestra sociedad. Podemos construir historias más felices para NNAJ, brindándoles todas las oportunidades para desarrollar proyectos de vida exitosos, incluso después de haberse alejado de sus raíces.
Invitamos a los legisladores a revisar sus decisiones y propuestas, a no dejarse llevar por mitos y odiosidades, y a modificar sus propuestas para brindar mejores condiciones de vida para todos y todas los niños, niñas y adolescentes que habitan el país.