Tribunal niega mantener a Martín Pradenas en cárcel de La Araucanía y defensa acusa vulneración de derechos fundamentales

2 agosto, 2023

Este miércoles, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco rechazó disponer la permanencia de Martín Pradenas en el centro de detención preventiva de Nueva Imperial, por estimar que ello debe ser resuelto por Gendarmería de Chile. La Defensoría Penal Pública anunció que interpondrá un recurso de amparo para revertir la decisión del tribunal.

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco rechazó este martes mantener a Martín Pradenas en un recinto penitenciario en la región de La Araucanía y ordenó su traslado a la cárcel de Valdivia.
Según explicó su defensor penal público, Patricio Salinas, los sentenciadores resolvieron “no acoger nuestra petición de disponer la permanencia de nuestro representado en el centro de detención preventiva de Nueva Imperial, por estimar que no era un asunto de su competencia, sino que es resorte de Gendarmería de Chile, determinar el lugar donde debe cumplir su privación de libertad”.

Lo resuelto, a juicio del defensor, “afecta gravemente su derecho a visitas, en tanto tiene su arraigo social y familiar en la ciudad de Temuco y, por ende, afecta también los fines resocializadores de una eventual pena privativa de libertad, fines que se asientan –fuertemente- en la unidad familiar, vulnerando -de esta manera- disposiciones constitucionales de tratados internacionales en materia de derechos humanos, normas legales y disposiciones reglamentarias”, argumentó el abogado.

Por esa razón, Salinas anunció que se evalúa “la interposición de un recurso de amparo” con el objetivo de revertir la decisión del tribunal.
Paralelamente, este mediodía, el Tribunal Constitucional acogió a trámite el requerimiento presentado por la Defensoría Penal Pública que busca que se declare contrario a la Constitución el artículo 387 del Código Procesal Penal que impide a la defensa interponer un recurso de nulidad en contra de la sentencia pronunciada en el segundo juicio oral, donde se le condenó por diversos delitos sexuales.

A juicio de la Defensoría, la norma vulnera el debido proceso y el derecho a defensa, al impedir que un tribunal superior revise esa sentencia.

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