La Corte de Arica rechazó hoy –viernes 26 de mayo– el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la medida cautelar de prisión preventiva de Tulio Durán Rengel y Jorge Leonardo Reyes Lugo, imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos de tráfico de drogas, porte ilegal de arma de fuego y porte ilegal de municiones. Ilícitos perpetrados la semana pasada, en el cerro Chuño.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Verónica Quiroz Fuenzalida, Juana Ríos Meza y el abogado (i) Ricardo Oñate Vera– ordenó la permanencia de Durán Rengel y Reyes Lugo en el Centro Penitenciario de Acha, por compartir que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga.
“Atendido el mérito de lo expuesto por los intervinientes, se reúnen en la especie, por ahora, respecto de ambos imputados todos los requisitos que contempla el artículo 140 del Código Procesal Penal. Así, en relación con el imputado Jorge Leonardo Reyes Lugo, en lo que concierne a la letra c) de dicho precepto, único discutido en la audiencia, cabe señalar que este se encuentra formalizado por un delito que tiene asignada pena de crimen a lo que cabe agregar que se encuentra con una situación migratoria irregular en nuestro país por lo que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que: “En lo referente al imputado Tulio Durán Rengel los antecedentes hasta ahora reunidos permiten presumir fundadamente que se reúnen respeto de este los requisitos previstos en las letras a) y c) de la mencionada disposición legal. Así, respecto de su participación en el delito por el cual ha sido formalizado cabe señalar que reconoció ser el poseedor de la pistola y cargador hallado en el domicilio que en ese momento compartía con terceros, declaración esta que no se ha acreditado que haya sido obtenida por algún medio ilegal; y, respeto la letra c) del tantas veces citado artículo 140 del Código Procesal Penal, cabe señalar que el referido encartado se encuentra no solo cumpliendo una pena sustitutiva de libertad vigilada por un delito de la misma naturaleza, sino que además se haya en situación migratoria irregular en nuestro país, antecedentes todos que permiten concluir que por ahora, este no solo tuvo participación en el ilícito por el cual ha sido formalizado, sino que también su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de fuga, SE CONFIRMA la resolución de dieciocho de mayo del año en curso, dictada en causa RIT 1129-2023, Ruc: 2300086736-5 del Juzgado de Garantía de esta ciudad”.
Según el ente persecutor, en una investigación policial denominada “Tren del Norte 3” una estructura criminal identificada como “Los Gallegos” (brazo operativo del “Tren de Aragua” en Arica) tenía por misión retomar las actividades delictuales de los miembros que se encuentran desde el año pasado en prisión preventiva, en causa diversa.
En dicho contexto, el miércoles 17 de mayo en horas de la mañana personal de la PDI dio cumplimiento a la orden de entrada y registro a 31 domicilios emplazados en el cerro Chuño y otros sectores de la ciudad de Arica, en los cuales la organización criminal ocultaba droga y armas de fuego, procediendo a decomisar las especies y a la detención de ocho imputados (entre ellos Durán Rengel y Reyes Lugo), contra quienes se decretó la prisión preventiva.