El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Diosa Meledy Banguera Riascos a la pena de 20 años de presidio, en calidad de autora del delito consumado de robo con homicidio. Ilícito perpetrado en enero de 2020, en la comuna de Ñuñoa.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por las magistradas Claudia Bugueño Juárez (presidenta), María Paz López Benavides y Katrina Chain Ananía (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que, a eso de las 06:10 horas de la mañana del 26 de enero de 2020, la víctima Matías Rodrigo Vásquez Valdivia salió de su domicilio ubicado en un edificio de la comuna de Ñuñoa, regresando al mismo, cerca de las 06:47 horas, en compañía de Banguera Riascos, quien prestaba servicios sexuales.
El tribunal estableció que estando Banguera Riascos, junto a la víctima al interior del departamento “(…) lo agredió con un arma blanca que le causaron la muerte, luego de lo cual Banguera Riascos registró el lugar y sustrajo diversas especies, entre ellas, tres relojes pulsera, dos marca Guess y uno marca Diesel, una gargantilla metálica color amarillo que el occiso portaba en su cuello, una cartera marca Steve Madden y una suma superior a cinco millones de pesos en dinero efectivo, especies pertenecientes al fallecido y a su pareja (…), además de una falda estilo “animal print” perteneciente a esta última, prenda que Diosa Banguera vestía al momento de salir del edificio alrededor de las 10:25 horas del día indicado, llevando una bolsa, la que no portaba al momento de su ingreso”.
Respecto a la determinación de la pena, el tribunal resolvió: “Que el delito previsto en el artículo 433 N°1 del Estatuto Penal, se encuentra sancionado con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado, existiendo en este caso una sola atenuante sin que concurran agravantes, el Tribunal impondrá dicha pena en el tramo superior del grado máximo, en la cuantía que se dirá en definitiva y que excede a la requerida por el fiscal, considerando para ello la extensión del mal causado por el ilícito, debido a las circunstancias comisivas de éste, en que la víctima fue reiteradamente apuñalada con tal violencia que se quebró el cuchillo que le dio muerte, que ello ocurrió en su domicilio y teniendo presente también que era el único hijo (…)”.
Aplicó, además, a Banguera Riascos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestra biológica de la sentenciada para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.