“La idea del debido proceso parte de la base de que el iter judicial no puede desarrollarse de cualquier forma, sino que debe cumplir con un estándar de calidad, con ciertas particularidades o elementos legitimantes. Sin esas características mínimas, lo que se puede alcanzar es solo una apariencia o ilusión de justicia”, dijo el presidente.
El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, encabezó una nueva ceremonia de juramento de abogados y abogadas, oportunidad en que reflexionó sobre la relevancia del debido proceso.
“La idea del debido proceso parte de la base de que el iter judicial no puede desarrollarse de cualquier forma, sino que debe cumplir con un estándar de calidad, con ciertas particularidades o elementos legitimantes. Sin esas características mínimas, lo que se puede alcanzar es solo una apariencia o ilusión de justicia”, dijo el presidente.
“La sentencia, que es el acto terminal con que el Estado dirime la controversia que se le ha presentado, se legitima a través de un proceso equitativo y respetuoso de todas las garantías de racionalidad y justicia que permitan a las partes incidir en los resultados del juicio en que participan.
“Allí radica, pues, su importancia, y de ahí que la garantía del debido proceso sea elevada a la categoría de derecho fundamental, tanto por las constituciones de los países, como por los instrumentos internacionales sobre derechos humanos. En tanto garantía esencial, se erige como una limitación al poder del Estado, como una forma de contención que evita el exceso de la fuerza estatal, en este caso en el ámbito de la jurisdicción”, explicó el presidente Blanco en la jornada en que juraron 88 profesionales, desde el Salón de Honor de la Corte Suprema, y de manera remota desde las Cortes de Apleaciones de Arica, Iquique, La Serena, Valparaíso, Talca, Chillán, Concepción,Temuco, Valdivia y Punta Arenas, con un total de 122 nuevos profesionales.
La autoridad judicial destacó que “la jurisprudencia al referirse al debido proceso ha expuesto que es una herramienta importante para la protección de los derechos. Además, constituye, él mismo, un derecho y una garantía para el justiciable, puesto que permite o realiza la tutela judicial efectiva”.
“En Chile -continuó-, nuestra Constitución Política de la República, ha preferido hablar del ‘racional y justo procedimiento’. Así se observa en el artículo 19 N° 3 de la Carta Fundamental. Se trata de una cláusula de contenido indeterminado que debe ser integrada por el legislador e interpretada por los tribunales de justicia, pues son estos los órganos competentes los que, caso a caso, irán dotando de contenido a este concepto. Y así ha sido. A estas alturas, la propia Corte Suprema, así como el Tribunal Constitucional, han ido arrojando luces sobre cuáles son los elementos que constituyen el racional y justo procedimiento. La invitación que hoy les formulo es a mantenerse actualizados en torno a este tópico, a conocer los criterios de los tribunales sobre la idea del debido proceso, su contenido y alcances”, puntualizó el ministro Blanco.
Asimismo, señaló que “ha quedado asentado que las garantías que componen el debido proceso no pueden faltar en ninguna clase de procedimiento, sea judicial o administrativo, y que lo contrario atenta contra nuestra Constitución Política. En fin, es un tema apasionante, es parte del camino legal que comienzan, que nunca perderá vigencia y que ustedes, nuevos profesionales del Derecho deberán eficientemente transitar”.
El presidente finalizó sus palabras recordando a los nuevos abogados y abogadas su “compromiso con la justicia y nuestra patria”.