Estas reflexiones las realizó en una nueva ceremonia de juramento de abogados en el Palacio de Tribunales. “El buen abogado debe conocer y ser sensible a los asuntos que con particular importancia afectan a los miembros de la comunidad, respecto de los cuales se han de adoptar las medidas de resguardo y protección que sean idóneas”.
El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco Herrera, llamó a los abogadas y abogados a preocuparse de los problemas de los habitantes de su comunidad y adoptar desde el derecho las medidas de resguardo y protección.
Estas reflexiones las realizó en una nueva ceremonia de juramento de abogados en el Palacio de Tribunales. “El buen abogado debe conocer y ser sensible a los asuntos que con particular importancia afectan a los miembros de la comunidad, respecto de los cuales se han de adoptar las medidas de resguardo y protección que sean idóneas”.
En ese marco, recordó que este 10 de octubre, se celebró el Día Mundial de la Salud Mental, instancia creada para generar conciencia sobre esta problemática en todo el planeta, y aunar esfuerzos para apoyar y fortalecer esta noble iniciativa, cuyo lema para este año se orienta a la priorización de la salud mental en el lugar de trabajo.
“Entornos laborales seguros y saludables indudablemente favorecen el bienestar de los trabajadores, por lo que resulta imperativo prevenir discriminaciones, acosos y otras condiciones desfavorables que ponen en riesgo este atributo, la calidad de vida de las personas y la productividad”, destacó.
El minisro Ricardo Blanco detalló los cambios normativos que Chile ha tenido en los últimos años: «A modo de referencia, cabe recordar que hace apenas 3 años la internación no voluntaria de las personas con enfermedades mentales era regulada a nivel reglamentario, por el Decreto número 570 de 1998 del Ministerio de Salud. Fue la reciente Ley N° 21.331, de Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la atención de la salud mental, publicada en mayo de 2021, el estatuto que junto con vincular la salud a los derechos humanos, fijar definiciones adecuadas asociadas a la materia, y consagrar principios y medidas interinstitucionales en favor de la salud mental, estableció la internación de las personas por los motivos ya señalados como un mecanismo excepcionalísimo y de última ratio, fijando requisitos precisos para su procedencia y creando un sistema de supervisión de la judicatura de familia sobre su mantención”.
La autoridad determinó que todos los cambios han sido mediante un enfoque de derechos humanos: “Este avance normativo, en cuya virtud no solo se mejoró el estándar de protección de las personas para prevenir y tratar los males asociados a la salud mental, en particular para las medidas restrictivas de libertad aplicables como última y excepcional medida, también hizo de la ley acreedora del contenido de un estatuto tan esencial y propio de los derechos humanos, haciendo justicia a la importancia de esta materia con plena coherencia con la reserva legal que amerita la importancia de este asunto”.
“Me permito traer a colación este antecedente para recordarles el deber de todo abogado o abogada de aproximarse al tema y conocer las diversas necesidades humanas que requieren protección, el modo en que ellas son recogidas y las herramientas para su concreción, así como de una permanente mirada crítica a tales estatutos. Pues el buen profesional del derecho no sólo está llamado a poner en ejercicio la normativa vigente de un modo leal y honesto, sino también a promover los cambios para sus avances y progresos”, concluyó.