Feriado irrenunciable en el comercio: 104 fiscalizaciones con multas y a 166 trabajadores/as se les suspendió la jornada laboral porque les correspondía descansar

19 septiembre, 2024
  • A lo largo del país, la Dirección del Trabajo realizó 385 fiscalizaciones para cautelar el respeto al feriado obligatorio e irrenunciable en el comercio. 
  • El monto total de multas se acercó a los $100 millones a nivel nacional. 

Un plan de fiscalización con despliegue en todo Chile efectuó la Dirección del Trabajo durante los días 18 y 19 de septiembre para asegurar el correcto cumplimiento del feriado obligatorio e irrenunciable para el comercio. 

El programa generó 385 fiscalizaciones, de las cuales 104 terminaron con multas y con 166 trabajadores/as suspendidos de sus labores y enviados de regreso a sus hogares, debido a que no les correspondía laborar durante estos días. 

Las multas cursadas a nivel nacional alcanzaron los $96.200.671 a nivel nacional. Las zonas con mayores montos de multas fueron la región Metropolitana Oriente ($14.267.830), Maule ($11.945.160), Valparaíso ($10.273.995) y Coquimbo ($8.946.755), respectivamente. 

El director nacional del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, explicó que “el resultado del programa aplicado en Fiestas Patrias terminó con casi 100 millones de pesos en multas y con poco más de 160 trabajadores suspendidos demuestra la importancia de realizar este tipo de fiscalizaciones para velar por los derechos laborales”. 

Los días 18 y 19 de septiembre son dos de los cinco feriados obligatorios e irrenunciables en el comercio, tal como el del 1 de enero, 1 de mayo y 25 de diciembre, jornadas que fueron establecidas a fines de 2007. 

“El proceso de fiscalización busca verificar el cumplimiento del descanso de las y los trabajadores del comercio. En el caso en que se constaron incumplimientos, además de la multa, aquellos trabajadores y trabajadoras a quienes no le correspondía trabajar deben cesar sus turnos, hacerlos salir de los locales e irse a sus hogares. Esto no sucede en aquellos negocios donde no existen trabajadores dependientes, como las tradicionales tiendas de barrio, que pudieron abrir y atender normalmente, ya que fueron atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos”, agregó Zenteno. 

En cuanto a las regiones que registraron mayor cantidad de trabajadores/as suspendidos, lideró la zona Poniente de la RM con 24, la zona Oriente de la RM y O’Higgins con 17. Más atrás aparecieron Maule (14), Antofagasta (14), Ñuble (13), Magallanes (11) y Arica y Parinacota (10). Los demás casos se dieron en las regiones restantes y solo en Coquimbo no se registró ninguna suspensión de la jornada laboral. 

EJES DE FISCALIZACIÓN

El primer foco de la fiscalización fue el cierre del comercio no habilitado durante estos días, mientras que el segundo fue revisar el descanso alternado de aquellos trabajadores/as a los que, estando contratados por el mismo empleador/a que el año pasado, les correspondía descansar este año. 

Durante la fiscalización del descanso alternado cada dos años (de los trabajadores exceptuados de estos feriados) es responsabilidad del empleador demostrar documentalmente que los trabajadores que están laborando en este año sí descansaron en estos mismos feriados en 2023. 

El feriado irrenunciable comenzó a las 21.00 horas del día 17 de septiembre y termina a las 06:00 de la mañana del 20 de septiembre. 

SANCIONES

Las infracciones por no cumplir con el feriado obligatorio e irrenunciable y el descanso alternado son sancionadas con multas que van desde las 5 UTM ($331.810 al mes de septiembre de 2024) hasta 20 UTM ($1.327.240 al mes de septiembre de 2024) por cada trabajador afectado por la infracción, considerando el número de trabajadores total de la empresa. (Inc. final, Art. 2. Ley 19.973). 

Aparte de la multa, los empleadores sorprendidos con trabajadores y trabajadoras laborando deben cesar sus turnos, salir de los locales y bajar las cortinas.

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