En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de ciudadana de origen haitiano y dejó sin efecto la resolución que le ordenó abandonar el territorio nacional, sin considerar que la amparada cuenta con arraigo familiar y laboral en el país.
La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto en representación de ciudadana de origen haitiano y dejó sin efecto la resolución que le ordenó abandonar el territorio nacional, sin considerar que la amparada cuenta con arraigo familiar y laboral en el país.
En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, Jean Pierre Matus, Dobra Lusic y la abogada (i) Pía Tavolari– estableció el actuar ilegal y desproporcionado de la autoridad administrativa recurrida, al rechazar la solicitud de regularización migratoria de la amparada y ordenar su salida del país.
“Que se incumple por la Administración dicha obligación de protección y respeto del derecho a un procedimiento racional y justo, así como de promoción de la obtención de las autorizaciones y permisos de residencia o permanencia, al rechazar, la solicitud de regularización migratoria, fundando esa determinación en que el amparado no acompañó el certificado de antecedentes penales de su país debidamente apostillado, sin considerar su arraigo laboral y familiar en el país, que ha residido en Chile hace más de 7 años, que contrajo matrimonio con ciudadano haitiano que goza de residencia definitiva y la grave situación humanitaria que sufre el país de origen del amparado”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que por todo lo anterior, la actuación recurrida resulta en definitiva ilegal, por desproporcionada, a la luz de los antecedentes acreditados en esta sede, todos los cuales deben ser examinados por la autoridad migratoria para pronunciarse sobre el fondo de la petición considerando todas las circunstancias antes descritas, por lo que deberá acogerse la acción deducida para adoptar las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho”.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca la sentencia apelada de veintitrés de septiembre de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° (…), y en su lugar se declara que se acoge el recurso de amparo interpuesto a favor de la ciudadana haitiana (…), por lo que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 23245620 del 27 de junio del 2023 que rechazó la solicitud de regularización migratoria y dispuso el abandono del territorio nacional, debiendo la autoridad recurrida, dejar sin efecto la orden de abandono dispuesta, debiendo la autoridad recurrida esperar que el amparado acompañe el certificado de antecedentes demandado, para luego continuar con la sustanciación del procedimiento administrativo incoado y pronunciarse sobre el fondo de la petición para efectos de incorporar la documentación requerida faltante”.