Extracción de áridos: avanza norma que fija procedimientos, fiscalización y sanciones

28 diciembre, 2023

Regular de manera eficiente y efectiva la actividad de la extracción de áridos, estableciendo procedimientos, zonas de prohibición, condiciones, fiscalización y sanciones, es el objetivo central de una moción que regula esa actividad y que fue aprobada en general y en particular por la Comisión de Obras Públicas del Senado.

Se trata de un proyecto originado en una moción de los senadores Alfonso De Urresti, Alejandra Sepúlveda y Jorge Soria, a la cual se le presentaron indicaciones consensuadas en una mesa técnica conformada por representantes de los senadores y del Ejecutivo.

Tras un extenso trabajo al cual se le destinaron casi una treintena de sesiones, la iniciativa fue despachada desde la instancia de Obras Públicas y ahora debe ser estudiada por la Comisión de Recursos Hídricos, Desertificación y Sequía.

En lo fundamental, el proyecto uniforma la regulación de la extracción de áridos que hoy está entregada a distintas ordenanzas a nivel municipal y por lo tanto, cada una tiene sus propias reglas.

Para ello, se regula la extracción de áridos, se establecen una serie de conceptos y permisos, se considera un certificado de origen, zonas de prohibición y condiciones, así como la fiscalización y plan de cierre en los lugares que sean determinados por la autoridad competente.

Además de las medidas de fiscalización, se pone énfasis en la trazabilidad, es decir, saber de dónde sale el árido y hasta donde llega.

DEFINICIONES

El proyecto contiene disposiciones generales donde se definen una serie de conceptos básicos como, por ejemplo, qué se entenderá por áridos, certificado de origen, cauces naturales, autorizaciones municipales para la extracción de áridos, plan de cierre, registro de extracción. Asimismo, se regula la extracción en cauce natural y zona de regulación anexa al cauce, se norma el reciclaje de áridos, residuos de infraestructura y nuevas fuentes, entre otras materias

Asimismo, el procedimiento que se contempla parte primero con un pronunciamiento de la municipalidad a través de la denominada «factibilidad administrativa municipal» y después pasa a la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH) del Ministerio de Obras Públicas que tiene que dar una «factibilidad técnica de extracción».

Luego, la DOH entrega una «habilitación técnica para extracción» que es una resolución que contiene la aprobación técnica del proyecto. Con ello, se comunica a la municipalidad respectiva que entrega la autorización para la extracción de áridos.

La iniciativa regula los áridos que están en cauces naturales o en las zonas de regulación anexas, que es una franja paralela de 100 metros.

Entre los temas que se definen en este proyecto se encuentran el plan de cierre, el registro de extracción de áridos de la DOH, lo que se entenderá por proyecto de extracción (que debe precisar el área de extracción, plazo de inicio y término de faenas, volumen de extracción, entre otros).

También se establecen sanciones que van de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multas de 30 a 100 UTM por incumplimiento de obligaciones de trazabilidad, uso de certificados falsos o no contar con los permisos. En caso de reiteración, las multas aumentan al doble.

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