Previo a la votación, la Corporación desarrolló más de seis horas de análisis del tema, donde expusieron la parte acusadora y la defensa, así como diversas diputadas y diputados, reflejando su posición a favor o en contra del libelo.
Por 69 votos a favor y 78 en contra, la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados rechazó la admisibilidad de la acusación constitucional contra el ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, culminando con esto el proceso.
La votación se realizó luego de una extensiva sesión de más de seis horas. En ella se constató la exposición de la parte acusadora, efectuada por la diputada Francesca Muñoz (SOC). De ahí, le siguió la argumentación de la defensa del ministro, realizada por Francisco Cox. Finalmente, se desarrolló un voto fundamentado, donde plantearon su punto de vista las y los diputados.
Participaron en el debate Diego Schalper (RN), Emilia Schneider (PCS), Francisco Undurraga (Evop), Tomás Hirsch (PAH), Stephan Schubert (IND), Helia Molina (PPD), Henry Leal (UDI), Juan Santana (PS), Sara Concha (SOC), Luis Malla (PL), Karen Medina (PDG), Consuelo Veloso (RD), Gloria Naveillan (IND), Daniela Serrano (PC), Francisco Pulgar (IND), Jorge Guzmán (Evop), Erika Olivera (IND), Guillermo Ramírez (UDI), Christian Matheson (IND) y Eric Aedo (DC).
Los discursos fueron, en general, para apoyar o refutar la acusación desde la perspectiva política de cada uno de los exponentes.
Las y los representantes del Frente Amplio, PS, PPD, PL y PC refutaron la forma y el fondo de las imputaciones. Se aseguró que hay una visión sesgada, ideológica y homofóbica. Se recalcó que las jornadas de educación no sexista fueron voluntarias. Asimismo, se indicó que el tema de la Junaeb es un asunto que debe resolver con particulares en tribunales. Además, se criticó que se emprendan acusaciones por actos que no son propios o sobre lo que no tiene jurisdicción el ministro.
Desde RN, la UDI y PREP se emprendieron mensajes destinados a apoyar el libelo. Se refirieron al tema de la Junaeb y calificaron algunos de sus hechos como “vergonzosos”. Acusaron negligencia en el actuar del ministro y aseguraron que no ha sido capaz de vigilar los recursos de los chilenos.
Por otra parte, se afirmó que sí existe una potestad de control de parte del ministro hacia la Junaeb y los SLEP. Igualmente, se remarcó que son los padres los que tienen el derecho de definir qué educación sexual se les da a sus hijos y no el Mineduc.
Desde sectores de centro se emprendieron diversas críticas a la gestión del ministro que, incluso, se le calificó de “pésima”. Pero se reconoció que ello no es causal para una acusación constitucional. De igual modo, se sostuvo que los capítulos no presentan mérito jurídico y omiten información, entre otras falencias. En tal plano, anunciaron su voto en contra.
Defensa de Ávila
El abogado Francisco Cox subrayó que este libelo acusatorio desvirtúa el verdadero sentido de la acusación constitucional. Lo presentado por la diputada, explicó el defensor, es un buen comienzo de fiscalización, de una interpelación, pero no de una acusación.
A su juicio, hay falta de compasión con niños, niñas y adolescentes que pertenecen a grupos que no tienen acogida. Que, por ejemplo, sufren bullyng y discriminación por ser trans, gays o lesbianas.
Asimismo, criticó que se busque cortarle las manos al ministro para que no pueda ejercer su profesión en un establecimiento público.
Remarcó que deben existir fundamentos para sostener la acusación constitucional y no solo una crítica política. Puntualizó que se puede tener una opinión mala o fantástica de un ministro, pero recalcó que eso no es constitutivo de una causal acusatoria.
Detalló que lo que se ha hecho es una crítica a la eficiencia. “No ha hecho nada. ¿En qué clausula legal se ingresa eso?”, cuestionó el abogado.
De las causales
Cox explicó los supuestos en los que se puede acoger la acusación constitucional. Esto es, infracciones de carácter grave, pero nada de eso se encuentra en la acusación contra el ministro, acotó, más cuando existe de por medio una sanción de inhabilidad.
Otro elemento sustancial, argumentó, es que se responde por los hechos propios o subordinados. Aquí tampoco se cumple con este estándar, sostuvo. Observó que se le imputan hechos que no se enmarcan en las atribuciones específicas que le entrega la Constitución y la ley. Por el contrario, agregó, se le imputan hechos que obedecen a decisiones adoptadas en administraciones anteriores.
Asimismo, se le adjudican cuestiones del funcionamiento o de las consecuencias del sistema educativo a raíz del deterioro y la pandemia.
Recalcó que es importante diferenciar el ministerio, el ministro y la subsecretaría. En este sentido puntualizó que las situaciones de suministro de la Junaeb no son actos susceptibles de infracción legal propia por parte del acusado ni se encuentran conectadas por un vínculo de causalidad entre sus actos intencionales y tales consecuencias.
Afirmó que, aún si ellas se dieran por efectivas y probadas, que no lo son ni lo están, no existen referencias, ni mucho menos, se prueban actos propios y determinados del ministro voluntariamente dirigidos hacia un fin, contrarios a sus deberes legales, ni mucho menos, antecedentes de que las situaciones que se le atribuyen a su responsabilidad hayan sido subjetivamente perseguidas y causadas por sus actos.
Derecho preferente
Respecto al derecho preferente de los padres, el jurista dijo que existe la necesidad de la realidad, que expresó en la comisión, un director de escuela. Agregó que las circulares de protección a los NNA, considera la opinión de los padres, se les ha escuchado, acotó.
Explicó que, en Chile, este derecho implica elegir el establecimiento educacional, de acuerdo a los valores y principios que los padres requieren. Sin embargo, los ministros del TC sostienen que en casa se entregan los principios que deseen, citando el caso de la píldora del día después.
Sostuvo que los capítulos 1 y 2 no tienen ningún sustento, ya que las jornadas tienen un interés público detrás. Así lo reconoció el superintendente. De igual modo, dijo que se mantiene la política de educación especial de gobiernos anteriores, junto a una serie de programas en materia de discapacidad.
Respecto a la falta de diligencia e inacción respecto a los graves problemas del sistema educativo, Cox hizo un repaso de cómo se recibió la cartera desde la administración anterior y señaló los efectos brutales de la pandemia. A su vez, comparó cifras de 2018 versus 2022. Por ejemplo, en asistencia promedio se pasó de un 93% a un 85%, para llegar a un 89%, desde 2022 al 2023.
También mencionó el Plan de Fortalecimiento de la matrícula 2022 y 29 proyectos de reinserción. Además, expuso el monitoreo de la trayectoria escolar que se realiza en 2023 con 11 reportes, la contratación de 1300 profesores y gestores territoriales, la implementación del Consejo de Reactivación Educativa, entre otras medidas. Insistió que la prioridad del Gobierno está en la reactivación, con el 4,8% del presupuesto.
Violencia, infraestructura y SLEP
Sobre la violencia escolar, indicó que, en una encuesta a los directores de establecimientos, el 54% de ellos considera que los niveles de violencia son menores que el 2022. Detalló que se busca fortalecer la convivencia escolar, con un plan de tutorías “seamos comunidad”.
Respecto a la infraestructura indicó que el último catastro de infraestructura fue en 2013. Añadió que el libelo omite que en 2021 la partida no se ejecutó. Luego, se derivaron una serie de problemas, pero se permitió igual la inversión.
Agregó que son los servicios locales y la administración delegada a los seremis, junto a la Dirección de Educación Pública, que es un órgano desconcentrado, los encargados del tema. Por lo que no es un hecho propio imputable al ministro y a la Subsecretaría de Educación.
Sobre los capítulos 5 y 6 relacionados a la Junaeb, comentó que la acusación no dice nada sobre los contratos. Recalcó que es un derecho básico que el acusado conozca con anterioridad de que se le acusa.
Además, se refirió las denuncias del exdirector de la Junaeb sobre el pago millonario de colaciones. Recordó que ello fue descartado luego por el propio organismo. Agregó que la Junaeb es un órgano descentralizado y que la supervigilancia del ministro no significa que tenga facultades para fiscalizar.
Particularmente sobre los SLEP, acotó que son órganos descentralizados y que el titular de la Dirección de Educación Pública explicó sobre los supuestos atrasos. Dijo que hubo un problema en la convocatoria de los consejos que tienen que nominar a posibles directores, junto a otros inconvenientes en las postulaciones. “No se puede forzar a lo imposible. Nadie está obligado”, agregó.
Finalmente, dijo que esperaba que la Cámara no cercenara las ataduras del sistema republicano, que son la Constitución y la leyes, por lo que invitó a rechazar la acusación constitucional contra el ministro de Educación.