Cierre de malls y strip center y 3 horas para votar en regiones donde habrá segunda vuelta para elegir gobernadores

21 noviembre, 2024

  • Director del Trabajo llamó a respetar las normas laborales de los comicios de este domingo 24 de noviembre.

Un llamado a respetar las normas que protegerán los derechos de trabajadores y trabajadoras durante las elecciones de este domingo hizo el director del Trabajo, Pablo Zenteno.

La máxima autoridad fiscalizadora laboral visitó hoy el mall Espacio M, en pleno centro de Santiago, para informar las exigencias legales que deberán ser acatadas durante los comicios del domingo 24 en las 11 regiones donde es necesaria la realización de una segunda vuelta para elegir gobernadores o gobernadoras regionales.

Las 11 regiones donde se realizarán estos comicios son Arica y Parinacota, Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Biobío, La Araucanía y Los Lagos.

La Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará el feriado legal, obligatorio e irrenunciable de comercio, el derecho de sufragio o excusa legal de al menos 3 horas y el permiso necesario para ejercer como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta Electoral.

En cuanto al funcionamiento del comercio, ejemplificando con la situación del mall visitado, Pablo Zenteno informó que este tipo de recintos comerciales y strip center administrados por una sola razón social o personalidad jurídica deberá permanecer cerrado el día domingo por corresponder a un feriado legal, obligatorio e irrenunciable para sus trabajadores. Todo el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- podrá funcionar este domingo.

“Queremos ser muy claros sobre el funcionamiento del comercio durante el próximo domingo 24, porque la prohibición de funcionamiento afecta únicamente a los malls, strip center y otros complejos comerciales regidos por una sola razón social o personalidad jurídica, todos los cuales no podrán abrir ese día, restricción que no afecta al resto del comercio, incluyendo a grandes tiendas, supermercados y otros establecimientos con administración propia, que funcionarán normalmente”, explicó el director del Trabajo.

Respecto de los permisos para sufragar o cumplir obligaciones electorales, la autoridad informó que “los trabajadores y trabajadoras que deban trabajar ese día, producto de que tienen jornadas excepcionales o trabajo continuo autorizado por la ley, tienen el derecho a tres horas y pueden ocuparlas para ir a votar o también ocuparlo para excusarse si hay alguna causal legal que habilite la excusa. Y también aquellos trabajadores y trabajadoras que fueron designados vocales de mesa pueden contar con el permiso por todo el tiempo que dure ese trabajo y no pueden sufrir disminución de sus remuneraciones o menoscabos de ningún tipo”. 

Fiscalización laboral durante comicios

La DT fiscalizará el domingo 24 de noviembre las denuncias recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 14:00 horas de ese día.

Se fiscalizará las siguientes materias:

1.- No otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

– Multas por infracción de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM (*), dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

2.- No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable.

– Multas por infracción de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

3.- No otorgamiento de permiso por 3 horas a trabajadores para sufragar. 

– Multas por infracción de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande. 

(*) Valor de la UTM en noviembre 2024: $66.628.

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