“A modo de reflexión previa o general, parece conveniente reiterar que el Poder Judicial ha manifestado su profunda convicción en orden a quedar totalmente ajeno al sistema de notarios, conservadores y archiveros”.
Reunido el tribunal pleno de la Corte Suprema –el lunes 7 de octubre pasado– analizó el proyecto de ley, iniciado en mensaje, que “Modifica el Sistema Registral y Notarial, en sus Aspectos Orgánicos y Funcionales”. Informe que fue remitido el martes 15, a la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento del Senado.
“A modo de reflexión previa o general, parece conveniente reiterar que el Poder Judicial ha manifestado su profunda convicción en orden a quedar totalmente ajeno al sistema de notarios, conservadores y archiveros”, advierte el informe.
“Siguiendo esta idea matriz, no cabe sino compartir la propuesta en cuanto excluye a la judicatura de cualquier participación en el sistema de nombramientos a estos cargos”, releva el pleno de ministros.
“Sin embargo, la iniciativa legal mantiene la existencia de vínculos con el Poder Judicial en materia de calificación, supervisión y control disciplinario, estimándose que resulta posible avanzar a una escisión más clara y definitiva”, propone el oficio.
“Para tal efecto podría pensarse –como ya se barajó por el Ejecutivo– en radicar todo el cumplimiento del estatuto de estos cargos en un órgano especializado, como ocurre con las superintendencias; existiendo experiencia en la materia, a modo ilustrativo, en materia de insolvencia. Nos encontramos en una oportunidad favorable para oficializar este traspaso competencial y así responder, de manera efectiva, a la pretensión de eliminación de cualquier injerencia de este poder del estado respecto de estos servidores, sin perjuicio, claro está, del conocimiento de las causas judiciales en que se vean involucrados tales funcionarios según lo disponga el diseño institucional definitivo. Solo así podría entenderse que se materializaría la voluntad real de separar las funciones jurisdiccionales de las que no lo son para quienes tienen a su cargo la función de administrar justicia”, afirma la Corte Suprema.
“En conclusión, se consulta a la Corte Suprema el proyecto de ley que modifica el sistema registral y notarial, en sus aspectos orgánicos y funcionales, que se encuentra en segundo trámite constitucional”, añade.
“Esta iniciativa ya fue informada por la Corte Suprema, a través de Oficio 133-2018, cuando la propuesta se encontraba en primer trámite constitucional, y en la actual versión del proyecto se advierten diversas figuras que ya no están presentes”, valora.
“Si bien se celebra la exclusión del Poder Judicial en materia de nombramientos, no puede dejar de observarse que la iniciativa legal mantiene la existencia de vínculos materia de calificación, supervisión y control disciplinario”, detalla el pleno.
“Para –ahonda– transitar hacia una escisión total de la tutela judicial, podría pensarse –como ya se barajó por el Ejecutivo– en radicar todo el cumplimiento del estatuto de estos cargos en un órgano especializado, como una Superintendencia”.
“No obstante, y en aras de la función colaborativa que la Constitución entrega a la Corte Suprema en las iniciativas legales que se refieran a las atribuciones y organización de los tribunales, se realizan diversos comentarios respecto de las normas consultadas y aquellas que se estiman ameritan pronunciamiento”, consigna.
Es así como se revisa la intervención de fiscales judiciales y cortes de apelaciones en la fiscalización de notarios, conservadores y archiveros; se revisa el aporte que el proyecto demanda de los fiscales judiciales en la creación y separación de oficios, división o separación de sus territorios y determinación de las tarifas que cobran al público; se analizan las medidas y acciones judiciales orientadas a dar continuidad a los oficios, particularmente la intervención del juez laboral definiendo la contratación de trabajadores; también, en relación a la modernización del sistema notarial, registral y archivístico, se revisa la causal de cesación en el cargo por salud incompatible; y, por último, se cuestiona el rol de la Academia Judicial en el perfeccionamiento de notarios, conservadores y archiveros, dada la misión institucional de dicha corporación”, concluye.
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