Corte de Rancagua confirma la prisión preventiva de imputados por robo a empresa de transporte de valores

27 agosto, 2024

La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó este martes la resolución que dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a E.F.R.V. y E.M.E.E., imputados por el Ministerio Público como autores de los delitos consumados de robo con intimidación, asociación criminal, porte ilegal de armas de fuego prohibida, porte de elementos incendiarios, receptación de vehículos motorizados e incendios. Ilícitos perpetrados el viernes antepasado, en diversos sectores de la comuna.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Fernández Stevenson, Bárbara Quintana Letelier y el abogado (i) Sergio Gana Rojas– rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa y confirmó la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que consideró que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Que, de acuerdo con lo alegado en estrados por la defensa, se cuestiona la participación de los imputados (…), señalando que carecen de participación en la presente causa, en lo esencial, por cuanto su actividad decía relación con la comercialización de limones y se dirigían a la localidad de Graneros por la ruta Travesía, momento en el cual quedaron varados por falta de combustible. Además, la defensa cuestiona la falta de verificación respecto de la primera camioneta marca SsangYong, modelo Musso u otro modelo de características similares. Argumenta, asimismo, que los signos de deflagración que presentaban los imputados en sus vestimentas se deben a que estuvieron detenidos junto a otros individuos que sí habrían participado en los ilícitos y, eventualmente, realizado disparos”, consigna el fallo.

La resolución agrega que: “(…) el Ministerio Público cuestionó todas y cada una de las anteriores circunstancias, señalando, primeramente, la existencia de un video que demuestra que, efectivamente, hubo un cambio de vehículo, desde una camioneta a otra de la marca Fiat y de color blanco, coincidente con aquella en que con posterioridad fueron encontrados los imputados. Cuestiona, igualmente, que dicha camioneta hubiera tenido una panne de bencina, y que fuera un tercero el que llegara al lugar con un bidón de combustible, en ayuda de los anteriores”.

“Del mismo modo, controvierte que la contaminación, en cuanto a los signos de deflagración de armas de fuego, se deba a la cercanía física de todos los imputados, indicando que ellos fueron debidamente separados, por lo que la contaminación no pudo haber sido posible, agregando que la toma de la muestra fue, en todo caso, antes del ingreso a los calabozos y que, además, en el propio vehículo Fiorino en que se trasladaban los imputados, se comprobó, también, pericialmente la existencia de residuos de disparos”, añade.

Para el tribunal de alzada: “(…) conforme a lo señalado precedentemente, se advierte que las alegaciones de la defensa no se encuentran, por ahora, suficientemente acreditadas, existiendo alegaciones en contrario que las desvirtúan, por lo que atendido el estado primigenio de la investigación y teniendo presente los delitos por los que han sido formalizados los imputados (…), el número y la naturaleza de los mismos, unido a la penalidad asociada, permiten considerar justificada, por ahora, la necesidad de cautela, por peligro para la seguridad de la sociedad, lo que resulta concordante con los hechos que se les atribuyen en la presente causa, tal como lo resolvió el tribunal a quo”.

Según el ente persecutor, los imputados se concertaron para planificar y efectuar un robo a la sucursal de la empresa de transporte de valores Brinks de Rancagua, desde donde sustrajeron más de doce mil millones de pesos. Posteriormente, incendiaron vehículos en diversas vías de la ciudad para ejecutar un plan de escape, pero fueron detenidos por efectivos de Carabineros.

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