Corte de Santiago eleva indemnización a estudiantes detenidas y torturadas por agentes del Estado en 1973

22 agosto, 2024

La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en la suma total de $130.000.000 el monto de la indemnización que el fisco deberá pagar por concepto de daño moral, a María Isabel León Millacaris y Marta Soledad Ortúzar Miño, alumnas de la Escuela Técnica Femenina de San Fernando a la época de los hechos, quienes fueron detenidas por agentes del Estado el 15 de septiembre de 1973, y sometidas a interrogatorios y torturas por agentes del Estado.

En fallo unánime (causa rol 18.755-2023), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Maritza Villadangos, Carolina Brengi y la abogada (i) Sara Moreno– confirmó la sentencia impugnada, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se aumentan los montos indemnizatorio en proporción al daño acreditado y la edad que tenían las demandantes a la fecha de detención.

“Que en cuanto al pretium doloris sufrido por doña María Isabel León Millacaris y por doña Marta Soledad Ortúzar Miño, esta Corte lo avaluará prudencialmente, teniendo en consideración para ello, sus edades a la época en que fueron detenidas –17 y 20 años, respectivamente–; que ambas eran menores de edad, conforme a la legislación vigente a esa fecha; que las dos eran estudiantes de enseñanza media al momento de ser ilegítimamente aprehendidas; el tiempo en que permanecieron privadas de libertad y la entidad de los padecimientos físicos y emocionales sufridos –9 y 10 días, respectivamente–; las amenazas que reiteradamente se les efectuaron durante sus cautiverios, de ser víctimas de torturas de connotación sexual; la particular y gravosa naturaleza de los apremios que les fueron acometidos atendido su género, lo que constituye un agravamiento evidente de las mismas, pues dieron cuenta de un abuso de poder de parte de funcionarios del Estado que aprovecharon precisamente de la vulnerabilidad a que se encontraban expuestas en razón de que se trataba de mujeres jóvenes; las consecuencias que todas estas circunstancias conllevaron a sus existencias posteriores, truncando los proyectos de vida que responsablemente forjaban en su juventud; y los montos judicialmente asignados tanto a las víctimas directas de violaciones a los derechos humanos, en causas similares, como a los hijos y padres de ejecutados políticos, en la suma de setenta millones de pesos ($70.000.000) respecto de doña María Isabel León Millacaris y de sesenta millones de pesos ($60.000.000) respecto de doña Marta Soledad Ortúzar Miño”, consigna el fallo.

“Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de fecha veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el 2° Juzgado Civil de esta ciudad, en los autos rol N° C-1.663-2022, con declaración que la suma que se condena pagar al Fisco de Chile a las actoras asciende a la suma de setenta millones de pesos ($70.000.000) respecto de doña María Isabel León Millacaris y de sesenta millones de pesos ($60.000.000) respecto de doña Marta Soledad Ortúzar Miño, más reajustes e intereses calculados en la forma descrita en el fallo que se revisa”, ordena.

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