La mala calidad del aire sigue sin dar tregua al Valle Central de la región de O´Higgins, ante lo cual la Delegación Presidencial declaró una nueva preemergencia ambiental, que regirá para este lunes 15 de julio.
“Hemos instruido la medida en el marco de la Gestión de Episodios Críticos (GEC) 2024, en pro de la salud de la comunidad, en especial del grupo de riesgo. Por ello reitero el llamado a que seamos parte de estas alertas y preemergencias, teniendo presente que es un problema que nos afecta a todos”, destacó el delegado Fabio López.
En la misma línea, la Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, explicó que la combustión residencial de leña es la principal fuente de contaminación del aire, causante del material particulado. “Desde la entrada en vigencia del nuevo Plan de Descontaminación Atmosférica por MP 2,5, es aún más restrictiva respecto del uso de calefactores a leña, estableciendo que no se pueden utilizar estufas a leña tengan o no certificación de la SEC», expresó.
Cabe destacar que esta es la octava preemergencia ambiental del año en el marco de la Gestión de Episodios Críticos (GEC) 2024, y se aplica en las 17 comunas que componen la Zona Saturada del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 del valle central de O’Higgins: Rancagua, Graneros, Doñihue, El Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.
Las medidas a implementarse en días en que se declara Preemergencia Ambiental son las siguientes:
Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña.
La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.
Desde la Seremi del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes, señalan que la medida en caso de Preemergencia será la realización de actividad Física de intensidad Ligera, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos, en recintos cerrados. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.
Se deberán suspender actividades deportivas masivas al aire libre. Se entenderá por actividad masiva aquella en que participen realizando una actividad física más de 100 personas. Fiscalización SEREMI de Salud.
Prohibición del funcionamiento de calderas que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m³N. Fiscalización SEREMI de Salud.