La Delegación Presidencial de O’Higgins declaró Preemergencia Ambiental para el Valle Central de O´Higgins para este domingo 14 de julio, como medida para el resguardo de la población ante los altos índices de contaminación del aire.
Esta preemergencia se aplica a las 17 comunas que componen la Zona Saturada del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) por MP 2,5 del valle central de O’Higgins: Rancagua, Graneros, Doñihue, El Olivar, Coltauco, Coinco, Quinta de Tilcoco, San Vicente, Placilla, Mostazal, Codegua, Machalí, Malloa, Rengo, Requínoa, San Fernando y Chimbarongo.
Ante lo anterior, la autoridad hizo el llamado a “respetar las medidas pues va en pro de la salud de la comunidad, en especial de niños y adultos mayores. Ya llevamos 20 alertas y 6 preemergencias”, destacó el delegado Fabio López.
Por su parte, la Seremi del Medio Ambiente, Giovanna Amaya, explicó que “en el Valle Central de O´Higgins, la combustión residencial de leña es la principal fuente de contaminación del aire y por esto no se pueden utilizar estufas a leña tengan o no certificación de la SEC».
Cabe indicar que la Seremi de Salud O´Higgins ha habilitado un fono denuncia para que las personas puedan informar en caso de incumplimiento de la normativa relacionada al encendido de calefactores a leña en días de episodio ambiental, en esos casos, se debe llamar o escribir vía WhatsApp al número+56989036974.
Las medidas a implementarse en días en que se declara Alerta Ambiental son las siguientes:
Prohibición funcionamiento calderas de calefacción de uso domiciliario, calefactores a leña (certificados y no certificados por la SEC) y cocinas a leña.
La Seremi de Educación suspenderá las actividades físicas y deportivas al aire libre y en recintos cerrados, para la totalidad de la comunidad escolar de la zona saturada. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.
Desde la Seremi del Deporte y/o el Instituto Nacional de Deportes, señalan que la medida en caso de Preemergencia será la realización de actividad Física de intensidad Ligera, evitando esfuerzos físicos prolongados o muy intensos, en recintos cerrados. Las actividades vinculadas al Sistema Nacional de Competencias Deportivas (SNCD) se ejecutan a todo evento.
Se deberán suspender actividades deportivas masivas al aire libre. Se entenderá por actividad masiva aquella en que participen realizando una actividad física más de 100 personas. Fiscalización SEREMI de Salud.
Prohibición del funcionamiento de calderas que utilicen combustibles sólidos, a menos que acrediten emisiones de MP inferiores a 30 mg/m³N. Fiscalización SEREMI de Salud.