La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $25.000.000 por concepto de daño moral, a Raúl Guillermo Somorrostro Poblete, quien fue detenido en octubre de 1974 y sometido a torturas en el Regimiento Tacna, Tres Álamos, Villa Grimaldi y Ritoque.
En fallo unánime (causa rol 1.368-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Paula Merino, Paulina Roncangiolo y la abogada (i) María Soledad Krause– ratificó la sentencia impugnada, dictada por el 30° Juzgado Civil de Santiago.
“Que atendida la naturaleza jurídica de la acción deducida, esto es, responsabilidad extracontractual en contra del Fisco, es la sentencia la que determina la condena al demandado por la suma de $25.000.000, de ahí que esa cantidad solo puede hacerse exigible una vez firme y ejecutoriada la misma”, afirma el fallo.
“Que así las cosas, los reajustes solo se devengarán desde que el Fisco de Chile se encuentre constituido en mora”, añade.
“Que los documentos acompañados a esta Corte en nada alteran lo que viene decidido por el Juez de la instancia, y lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten”, concluye.
Por tanto, se resuelve que: “se confirma la sentencia pronunciada el tres de enero de dos mil veintitrés por el Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, con declaración que los reajustes e intereses se devengarán desde que se encuentre la sentencia firme y ejecutoriada y hasta la fecha de su pago efectivo”.