El Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a José Enrique Quinteros Espinoza a la pena de 16 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado. Ilícito perpetrado en agosto de 2019, en la comuna de La Granja.
En fallo unánime (causa rol 326-2022), el tribunal –integrado por los magistrados Hugo Espinoza Castillo (presidente), Nelly Villegas Becerra y Freddy Muñoz Aguilera (redactor)– dio por acreditado más allá de toda duda razonable que, cerca de las 18:00 horas del 4 de agosto de 2019, José Enrique Quinteros Espinoza llegó hasta la intersección de calles La Castrina con Padre Esteban Gumucio de la comuna de La Granja, descendiendo de un vehículo e ingresando a un local, lugar donde disparó con un arma de fuego en reiteradas ocasiones en contra de Orlando Francisco Vásquez Ramírez, aprovechando la indefensión de éste y actuando sobre seguro, hiriéndolo de muerte. La víctima falleció a causa de un shock hipovolémico.
Según estableció el tribunal, cinco días después, en horas de la mañana, en cumplimiento de una orden judicial de entrada, registro y detención, funcionarios de la Policía de Investigaciones ingresaron a un domicilio ubicado en calle Caupolicán de la comuna de Cartagena, lugar donde fue sorprendido Quinteros Espinoza, en posesión de un revólver marca Amadeo Rossi, calibre 38 especial, serie C278800; de una pistola marca Taurus, calibre 9 mm con número de serie borrado y de 177 cartuchos de municiones y cargadores, los que estaban distribuidos en distintos lugares del inmueble. En el mismo procedimiento, se le halló una bolsa plástica, más una papelina que contenía 58,42 gramos de cocaína base, junto a una pesa digital, todo lo anterior sin contar con las autorizaciones correspondientes.
El tribunal, aplicó además, a Quinteros Espinoza las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, por el delito de homicidio calificado.
Asimismo, el condenado deberá purgar la pena única de cuatro años de presidio y las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos mientras dure la condena, por los delitos consumados de tenencia ilegal de arma de fuego y tenencia de arma de fuego prohibida; y 541 días de presidio y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público, por el delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades. Ambos ilícitos fueron perpetrados en agosto de 2019, en la comuna de Cartagena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las armas de fuego, de sus partes y piezas y de la sustancia ilícita y balanza, incautadas durante el procedimiento policial.