El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a D.I.V.T. a la pena de 10 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de violación impropia. Ilícito perpetrado en junio de 2020, en la comuna.
En fallo unánime, el tribunal –integrado por Rocío Pinilla Dabbadie (presidenta), Leonel Torres Labbé y Luis Sarmiento Luarte (redactor)– aplicó, además, a D.I.V.T. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Además, el condenado deberá cumplir las accesorias especiales de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal; inhabilitación absoluta perpetua, para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.
Se decretó, además, como medida de protección a favor de la víctima, la prohibición de acercarse el sentenciado a su domicilio, a su lugar de estudios o trabajo, según correspondiere; ello por el mismo tiempo de duración de la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que el día 13 de junio de 2020, en horas de la mañana, en el interior del domicilio común ubicado en Temuco, el imputado D.I.V.T. pidió a la víctima, de 13 años a la época de los hechos, que lo ayudara a hacer su cama, circunstancias en la cual procedió a atacarla sexualmente.